Criptomonedas y SAT en 2025: ¿Debo declarar mis activos digitales en México?
- Editorial Anjona
- hace 4 días
- 2 Min. de lectura

En los últimos años, el uso de criptomonedas como Bitcoin, Ethereum o USDT ha dejado de ser un tema exclusivo de tecnólogos y ha llegado al ciudadano común, inversionistas, freelancers y empresarios. Sin embargo, muchos aún desconocen las implicaciones fiscales que conlleva operar con estos activos en México.
En 2025, el SAT ha reforzado su postura sobre la fiscalización de las criptomonedas, lo que vuelve indispensable entender cuándo y cómo declarar correctamente estos ingresos para evitar sanciones.
-¿Qué considera el SAT como ingreso por criptomonedas?
El SAT no regula directamente las criptomonedas, pero sí las considera activos digitales. Por tanto, las ganancias derivadas de su compra, venta o intercambio pueden constituir ingresos acumulables en tu declaración anual, tanto para personas físicas como morales.
Se consideran ingresos:
Ganancia por compraventa (si vendes más caro de lo que compraste)
Intereses generados por staking o lending
Pagos recibidos en cripto por servicios o productos
Regalías o recompensas por minería
-Marco legal actual
Aunque en México aún no existe una ley específica para criptomonedas, sí se encuentran reguladas de manera indirecta por:
Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR)
Código Fiscal de la Federación (CFF)
Ley Fintech (2018) para empresas que operan con activos virtuales
Reglas del SAT relacionadas con ingresos en especie o en moneda extranjera
Además, en 2025 el SAT ha comenzado a cooperar con plataformas internacionales para identificar operaciones sospechosas o no declaradas, a través de tratados de intercambio de información financiera.
-¿Estoy obligado a declarar si solo "holdéo" mis criptos?
Si solo compras y mantienes (hold) tus criptomonedas sin vender, no estás generando una ganancia realizada, por lo que no hay ingreso que declarar todavía.
Pero en el momento en que:
Vendes tus criptos,
Las usas para comprar bienes/servicios,
Las cambias por otras criptomonedas (incluso stablecoins),
entonces sí puede generarse una obligación fiscal.
-¿Cómo se calculan las ganancias?
La utilidad se calcula así:
Precio de venta - Precio de adquisición = Ganancia gravable
Y se acumula como ingreso para efectos del ISR. Debes conservar comprobantes de:
Fecha de compra
Valor en pesos mexicanos
Plataforma utilizada
Comisiones
-¿Cómo se declaran en la práctica?
Para personas físicas, se declaran en:
Apartado de "Otros Ingresos" en la declaración anual
O como actividad empresarial, si el volumen de operaciones lo justifica
Personas morales deben registrarlo como parte de su contabilidad formal y reportar las ganancias o pérdidas de capital.
Recomendamos contar con una contabilidad adecuada y registros detallados de cada operación.
-¿Qué pasa si no declaro?
El SAT puede imponer:
Multas de hasta $140,000 MXN por no reportar ingresos correctamente
Cargos por omisión, recargos y actualizaciones
Auditorías electrónicas
Además, las plataformas cripto pueden ser requeridas por el SAT para entregar información sobre sus usuarios mexicanos.
-Recomendaciones finales
Declara voluntariamente tus ingresos cripto
No mezcles tus wallets personales con actividades empresariales
Trabaja con un contador actualizado en criptoactivos
Asegúrate de tener respaldo documental de cada transacción
En ANJONA te ayudamos a cumplir sin riesgos
En nuestra firma, ofrecemos asesoría fiscal especializada en activos digitales, combinando experiencia legal y contable para ayudarte a cumplir con tus obligaciones sin caer en errores costosos.
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